No todos los trabajadores reciben utilidades

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Reparto de Utilidades 2025 en México: Fechas Clave, Límites de Impuestos y Trabajadores Excluidos
Activación del Reparto de Utilidades Tras la Declaración Anual 2024
Una vez concluida la fase de presentación de la Declaración Anual 2024 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por parte de las empresas y empleadores en México, se activará el proceso fundamental de distribución de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). Este mecanismo, esencial para la justicia laboral y la distribución de la riqueza generada por las empresas, implica el reparto de una porción de las ganancias obtenidas durante el ejercicio fiscal anterior entre los trabajadores que contribuyeron directamente a su consecución. La PTU representa un derecho constitucional consagrado en la Ley Federal del Trabajo y busca reconocer el esfuerzo y la dedicación de la fuerza laboral en el éxito empresarial.
Retención de Impuestos en Utilidades: El Umbral de 15 Días de Salario Mínimo
Es crucial tener en cuenta que, al igual que ocurre con el aguinaldo, otra prestación laboral anual, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece lineamientos específicos para el tratamiento fiscal de las utilidades. En este sentido, el SAT puede aplicar una retención de impuestos sobre una fracción del monto total de las utilidades asignadas a cada trabajador. Sin embargo, esta retención no se aplica de manera indiscriminada, sino que se activa únicamente cuando el monto de las utilidades a recibir por un empleado supera un umbral específico. Este umbral está fijado en el equivalente a 15 días de salario mínimo vigente, lo que en la práctica se traduce en el pago correspondiente a una quincena calculada con base en dicho salario mínimo.
Límite Fiscal de las Utilidades: Más de 4 Mil Pesos Exentos de Impuestos Para comprender mejor este límite fiscal, es importante remitirse a la normativa vigente. De acuerdo con las disposiciones actuales, los trabajadores estarán obligados a tributar por el monto de las utilidades únicamente cuando la cantidad recibida exceda el equivalente a 15 días de salario mínimo. Tomando como referencia el salario mínimo actual, este umbral se sitúa por encima de los 4 mil 182 pesos mexicanos. Esta disposición busca proteger una parte del ingreso de los trabajadores proveniente de las utilidades, asegurando que una porción significativa de este reparto de ganancias quede exenta de impuestos. Tal como lo especifica el portal oficial del Gobierno de México, “el reparto de utilidades causa impuesto exclusivamente sobre la cantidad que exceda del equivalente a 15 días de salario mínimo”. 1 Esta claridad normativa es fundamental para que tanto empleadores como trabajadores comprendan sus obligaciones y derechos fiscales en relación con la PTU.
Trabajadores que no recibirán utilidades en 2025: Las Excepciones Legales
Es de suma relevancia destacar que el derecho a participar en el reparto de utilidades no es universal y existen categorías específicas de trabajadores que quedan excluidos de esta prestación laboral. La legislación laboral mexicana establece claramente quiénes no tienen derecho a recibir el pago de utilidades, basándose en la naturaleza de su relación laboral y el tipo de actividad que desempeñan. Entre los trabajadores que no recibirán utilidades en el ejercicio fiscal 2025 se encuentran, en primer lugar, el personal doméstico, cuya relación laboral tiene características particulares que los excluyen de esta prestación.
Asimismo, los directores, administradores y gerentes generales de las empresas tampoco son elegibles para el reparto de utilidades, ya que se considera que su compensación está estructurada de manera diferente y ya incluye una participación en los resultados de la empresa a través de otros mecanismos. De igual forma, los profesionistas, artesanos, técnicos y otros individuos que ofrezcan sus servicios mediante honorarios, y que no mantengan una relación de subordinación directa con la empresa, quedan fuera del esquema de reparto de utilidades, al considerarse trabajadores independientes.
Existen también exclusiones relacionadas con la antigüedad y la naturaleza de la empresa. Las compañías de reciente creación están exentas de la obligación de repartir utilidades durante su primer año completo de operaciones. Además, los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y de otras entidades públicas descentralizadas que estén dedicadas a actividades culturales, asistenciales o de beneficencia tampoco participan en el reparto de utilidades, debido a la naturaleza no lucrativa de sus actividades.
Finalmente, la ley también excluye a los colaboradores de empresas cuyo capital sea inferior al mínimo establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, variando este umbral según la industria. Asimismo, los empleados de instituciones de asistencia privada que tengan fines humanitarios, no persigan propósitos de lucro y no realicen una asignación individual de beneficios a sus integrantes, también están exentos del reparto de utilidades.
Fechas Límite para el Pago de Utilidades: Mayo y Junio de 2025
Para garantizar el cumplimiento de esta obligación laboral, la legislación mexicana establece fechas límite precisas para que las empresas realicen el pago de las utilidades a sus trabajadores. En este sentido, las compañías disponen hasta el 30 de mayo como fecha límite improrrogable para efectuar el pago de las utilidades correspondientes al ejercicio fiscal 2024 a sus empleados. Es fundamental que los trabajadores estén informados sobre esta fecha para poder ejercer sus derechos en caso de incumplimiento. Por otro lado, en el caso específico de los empleadores, la fecha máxima para cumplir con esta obligación de pago de utilidades es el 29 de junio. Estas fechas límite están directamente vinculadas a los plazos establecidos por el SAT para la presentación de la Declaración Anual, asegurando una secuencia lógica en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y laborales. El cumplimiento puntual de estos plazos es crucial para evitar sanciones y garantizar los derechos de los trabajadores.
BrendaBarragán. (2025b, marzo 25). Utilidades 2025: Si recibes más de esta cantidad, el SAT podría «quitarte» dinero. El Informador :: Noticias de Jalisco, México, Deportes & Entretenimiento. https://www.informador.mx/economia/Utilidades-2025-Si-recibes-mas-de-esta-cantidad-el-SAT-podria-quitarte-dinero-20250325-0129.html